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Elecciones del 21 de noviembre: ¿Cómo saber si soy vocal de mesa?

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Agencia Uno
POR Amelia Janssen |

En el sitio web del Servicio Electoral ya está disponible la nómina de vocales de mesa para las elecciones generales.

Las elecciones generales donde se elegirá el próximo Presidente, diputados, senadores y consejeros regionales se realizarán este 21 de noviembre. El Servicio Electoral (Servel) publicó la nómina de vocales de mesa. Además, en el mismo sitio se puede conocer el número de mesa donde le corresponde votar y el local de votación. 

Revise si fue designado vocal de mesa.

Quiénes pueden votar

Tienen derecho a votar todos los chilenos mayores de 18 años que no hayan sido condenados a pena aflictiva (tres años y un día o mayor) y los extranjeros avecindados en Chile por más de cinco años que no hayan sido condenados a pena aflictiva. 

También se incluyen en el padrón los hijos de chilenos que lleven un año viviendo en el país y los nacionalizados por gracia. 

Dónde debo votar y qué necesito

Cuando se avecine la fecha de las elecciones, podrá ver en qué local debe votar accediendo al sitio web de Servel. El lugar dependerá de la región y comuna en la que se encuentre inscrito. 

En esta página puede ver si esta habilitado para sufragar, como también podrá chequear su región y comuna en la que se encuentra inscrito/a. 

Para votar, los chilenos necesitarán solo su cédula de identidad o su pasaporte. En el caso de los extranjeros, necesitarán la cédula de identidad para extranjeros. Independientemente del documento que usted use, este siempre debe estar vigente.

Las causales de excusa aplicables

Este martes 2 de noviembre comenzó el plazo para excusarse de ser vocal de mesa. El plazo duró hasta el 4 de noviembre. 

– Dentro de las causales figuran factores etarios, imposibilidad por encontrarse en el extranjero y estar al cuidado de un menor de 2 años. 

  • Tener más de 60 años.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado.
  • Ser padre o madre de un niño menor de 2 años. 
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios los días de la elección.
  • Estar ausente del país o encontrarse a más de 300 kms del lugar de votación o en un lugar cuyas comunicaciones no sean expeditas. 

– Desempeñar en los mismos días y horas otras funciones que encomiende la Ley Nº 18.700.

  • Estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las seis semanas previas al parto y hasta 24 semanas siguientes a este, circunstancia que deberá acreditarse mediante certificado médico.

Este sábado 6 de noviembre, los secretarios de juntas electorales publicaron los vocales reemplazantes.

Un día antes de las elecciones, los vocales deben asistir a una capacitación en el lugar que se les haya asignado, la que será obligatoria para quienes ejerzan por primera vez dicha función.

A aquellas personas que no se presenten a desarrollar sus funciones como vocal, se les cursará una infracción electoral que va desde los 2 a 8 UTM.