Actualidad

Constituyentes de derecha proponen extender el plazo para recibir iniciativas populares

Imagen principal
Agencia Uno
POR Sofia del |

Los colectivos Chile Libre, Un Chile Unidos, y Unidos Por Chile solicitaron a la presidenta Elisa Loncon y al vicepresidente Jaime Bassa extender el plazo para la presentación y propuestas populares de norma.

Los constituyentes de los colectivos Chile Libre, Un Chile Unidos y Unidos Por Chile, todos en la derecha, ingresaron un oficio -liderado por Constanza Hube-, solicitándole a la presidenta de la Convención, Elisa Loncon, y al vicepresidente, Jaime Bassa, ajustar el cronograma general y extender el plazo para la presentación y propuestas populares de norma.

Según indica el documento, esta petición se explica por lo señalado en el artículo 84 del Reglamento General de la Convención: “El período para la presentación de iniciativas constituyentes no podrá ser inferior a 60 días y que debe ser definido de acuerdo cronograma”.

“El plazo de 60 días para presentar propuestas comenzó a correr el 8 de noviembre de este año, sin embargo, recién el pasado lunes 22 de noviembre se habilitó la Plataforma Digital. Por lo anterior, el plazo de 60 días establecido en el Reglamento de Participación Popular debe contarse desde que esté operativa la Plataforma Digital, y no antes” subraya el texto presentando.

En efecto, se plantea que desde el 22 de noviembre la ciudadanía ha tenido la oportunidad de conocer el mecanismo para la preparación y recolección de las iniciativas populares de norma, lo que “constituye una verdadera discriminación arbitraria, ya que los convencionales constituyentes pudieron presentar iniciativas desde el 8 de noviembre, y la ciudadanía solo pudo hacerlo desde el 22 de noviembre pasado”.

En esta solicitud no participa el colectivo de Independientes RN-Evópoli, recientemente escindido de los otros grupos en la derecha.

{{noticia:121102}}

Plataforma de Participación Popular y recolección de firmas

El punto número dos del oficio hace referencia al artículo 26 del Reglamento de Participación Popular, el que indica que la “Convención contará con una Plataforma Digital de Participación Popular” y el artículo 34 dispone que “todas las normas propuestas a través de este mecanismo que cumplan con los requisitos establecidos se publicarán en la Plataforma Digital de la Convención, y se iniciará un proceso de recolección de firmas”.

Por último, el artículo 34 inciso tercero del Reglamento de Participación Popular dispone que el mecanismo para la recolección de firmas es a través de la plataforma digital, pero también de manera física, garantizando la autenticidad de las firmas, transparencia y protección de datos, así como la seguridad ante posibles vulneraciones a dicha plataforma.

Sin embargo, el documento puntualiza que “si bien se ha sostenido que es posible la presentación de
firmas físicas, la realidad es que no es posible garantizar la autenticidad de las mismas y no hay acceso a dicha información en la página web de la Convención Constitucional vulnerando el principio de transparencia y de descentralización del Reglamento General”. 

Por esto solicitan adoptar las medidas para que se pueda hacer la presentación física de las firmas de propuestas normativas populares, según lo dispone el artículo 34 del Reglamento, proveyendo la información necesaria para que la ciudadanía pueda participar por ese medio, siguiendo los principios de transparencia y descentralización, así como también asegurar la autenticidad de dichas firmas.