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Defensores, fiscales y abogados piden ley para que tribunales entren en “cuarentena”

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Agencia Uno
POR Ana María |

Fiscalía y Defensoría quieren una ley para reagendar audiencias y juicios orales. El Colegio de Abogados pide un feriado judicial.

Desde que el pasado lunes 16 de marzo la Corte Suprema dictó un autoacordado ante la emergencia del coronavirus, los tribunales han seguido funcionando, pero de una manera distinta: con audiencias sin público -en la medida de lo posible- y teletrabajo de los funcionarios que son parte del grupo de riesgo.

Además, la Corte Suprema ha permitido alegatos remotos de los abogados como medida sanitaria. La Defensoría Penal Pública (DPP), por ejemplo, ha trabajado con la misma modalidad y, hasta la noche del 18 de marzo, ha participado en cerca de 35 audiencias a distancia.

Pero la emergencia del Covid-19 y la declaración de estado de catástrofe por parte del Presidente Sebastián Piñera cambiaron el tablero. Ahora los organismos relacionados con el sistema de justicia, como el Ministerio Público (Fiscalía), la DPP y también el Colegio de Abogados, buscan que una ley corta, dictada por el Congreso, permita adecuar la vista de causas ante la crisis sanitaria. Un impacto claro ocurriría con decenas de juicios orales, que requieren una gran cantidad de intervinientes en un mismo lugar y por muchas horas ininterrumpidas.

El plan de las instituciones, al que tuvo acceso PAUTA, es adecuar sus procedimientos ante la emergencia, pero garantizando que el sistema penal resguarde los derechos fundamentales de las personas. Una ley corta permitiría regular los plazos para postergar algunas audiencias o bien utilizar medios tecnológicos a distancia, como las videoconferencias, que permitan su realización sin la presencia fisica de personas.

Tras el terremoto del 27 de febrero también se dictó una ley especial en el mismo sentido, luego de que varios tribunales sufrieran daños. Pero, esta vez, debido a que no existe certeza de cuánto durará la crisis santaria del coronavirus, se estima que se requiere una legislación “flexible” y que “se ajuste a la evolución de la pandemia”, dicen desde el Ministerio Público.

Las cartas por el feriado

El Colegio de Abogados, en tanto, propuso a través de una carta abierta a la Corte Suprema, el pasado 16 de marzo, que se adopten medidas para resguardar la seguridad de sus asociados “y el derecho de defensa de sus patrocinados”.

En esa misiva el gremio solicitó la dictación de una ley rápida, similar a la del 27F de 2010, destinada que se dicte un feriado judicial ante la pandemia, situación que la Corte Suprema de Argentina ya dictaminó.

El tema de una posible ley rápida también fue abordado en una reunión, el mismo 16 de marzo, en el Ministerio de Justicia. Fue una cita en la que el gremio de abogados insistió en la dictación de esta ley: un feriado judicial que permita suspender plazos y audiencias siempre que no se trate de casos de personas privadas en libertad.

A esa reunión, en la que se abordaron medidas para el sistema judicial frente al coronavirus, asistieron el presidente de la Corte Suprema, Guillemo Silva; el fiscal nacional Jorge Abbott, el defensor penal público Andrés Mahnke y, entre otros actores, el consejero del gremio de los abogados, Matías Isunza.

En paralelo, desde hace dos semanas abogados han escrito mensajes en Twitter con el hastag #feriadojudicialya. 

La Asociación de Abogados de Familia también ha insistido, a través de una carta pública dirigida a los poderes Judicial y Legislativo, en “dictar con la mayor celeridad posible normas que permitan, desde ya, suspender todas las audiencias y alegatos programados hasta el 31 de marzo de 2020 y luego declarar feriado judicial hasta la misma fecha en vista de la pandemia”.

La misiva añade que, de las actas dictadas hasta ahora por los tribunales y las cortes, “no es posible colegir con claridad el estado de los procesos, las audiencias y los alegatos ya agendados, lo que deja en una total incertidumbre a abogados, partes, peritos, testigos y todo interviniente de un proceso judicial, quienes no tenemos certezas de las realizaciones de las audiencias. O, incluso, de que se nos permita entrar a todos los abogados a las mismas, lo que, sin duda, coarta el derecho a defensa”.

Hasta ahora, cada tribunal ha impuesto reglas de acuerdo con su criterio. Por ejemplo, ante la décima sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que preside la ministra Dobra Lusic, anunció que se verán solo las causas agregadas y de las de tutela laboral.

Mientras que el pleno de la Corte de Apelaciones de Valparaíso dictó un acta donde, entre varios puntos, establece sus propios horarios: las salas funcionarán hasta mediodía. Otros tribunales, también basándose en lo que señaló la Suprema, han tomando medidas propias. Es el caso de Primer y Segundo juzgados de Letras del Trabajo de Santiago.

Cómo operan hoy los tribunales

1. Juicios orales

En el caso de los juicios orales varios han sido reagendados, pero la idea es continuar con aquellos en que los imputados se encuentren privados de libertad. Los demás deberían tener una nueva fecha hasta después del estado de catástrofe, que se prolongará, preliminarente, por 90 días.

Los juicios orales tienen la particularidad de requerir la presencia de gran cantidad de intervinientes: jueces, fiscales, acusados, abogados, defensores públicos, peritos, testigos, policías y otros.

En marzo había varios juicios emblemáticos agendados, entre ellos el homicidio de Camilo Catrillanca, los casos Corpesca y Basura, además del caso sacerdote y excanciller del Arzobispado Oscar Muñoz, acusado de abuso sexual de menores y un estupro. 

2. Recursos de amparo

¿Qué hacer si se tiene que presentar un recurso de amparo y de protección, ser parte de un control de detención o encontrarse privado de libertad?

En medio da la crisis sanitaria, los recursos de amparo, que dada su naturaleza están pensados para asegurar la libertad de cualquier persona que esté detenida, se están revisando con normalidad y en forma presencial por los ministros tanto de la Corte Suprema como de las cortes de Apelaciones del país. Pero hay medidas de resguardo: restricción de público en la medida de lo posible y de acuerdo con el criterio de los jueces.

Asimismo, el auto acordado de la Corte Suprema autorizó alegatos remotos de los abogados de las partes.

3. Recursos de protección

En el caso de los recursos de protección, que se interponen cuando algún derecho o libertad fundamental han sido vulnerados, también están siendo resueltos por la Corte Suprema y cortes de Apelaciones.

Sin embargo, dada la pandemia del coronavirus es probable que por el momento se prioricen aquellos casos que tienen urgencia y que estén relacionados con la vida de las personas. Por ejemplo, las acciones que tienen que ver con urgencias de salud o búsqueda de tratamientos para enfermedades catastróficas.

4. Controles de detención

Si hoy una persona es detenida, los juzgados de garantía están trabajando con normalidad, pero con el resguardo de no tener presencia de público.