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Tricel, el protagonista insospechado de las elecciones 2021

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Poder Judicial
POR Ana María |

Cuatro ministros de la Suprema y un exparlamentario resuelven las más de 800 reclamaciones de las candidaturas. Por ejemplo, uno de sus fallos dejó fuera de carrera al alcalde de Renca, Claudio Castro.

Su cantidad de trabajo -que ha ido de lunes a domingo- ha estado acorde con uno de los procesos electorales más grandes de la historia del país. El próximo domingo 11 de abril (y tal vez también el sábado 10) habrá cuatro elecciones simultáneas de constituyentes, alcaldes, concejales y gobernadores regionales (Gore). En total, compiten aproximadamente 20 mil candidatos para ocupar 2.768 cargos.

Y si bien en este proceso el rol del Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) tuvo cierta visibilidad luego del Plebiscito del 25 de octubre luego que en una ceremonia entregó la copia de la sentencia que validó el proceso y dio las cifras finales de participación, desde el 25 de enero, cuando el Servel publicó la aceptación y rechazo a las candidaturas, ahora ha alcanzado un protagonismo inusitado en su rol de fallar a favor o en contra de quienes intentan alcanzar cargos.

Se trata de un tribunal de cinco integrantes. De ellos, cuatro son ministros de la Corte Suprema: Rosa Egnem (presidenta), Juan Eduardo Fuentes, Ricardo Blanco y Jorge Dahm. El quinto miembro es Jaime Gazmuri (PS) en su calidad de exvicepresidente del Senado.

Todos ellos fueron designados -en el caso de los supremos por el Pleno del máximo tribunal- el 16 de diciembre de 2019; Gazmuri reemplazó a Jorge Burgos (DC). Su trabajo como jueces del Tricel se prolonga por cuatro años. Es decir, estarán hasta 2024, por lo que, además, les corresponderá visar la legalidad de las próximas elecciones constituyentes, presidenciales y parlamentarias.

Más de 800 reclamaciones en dos meses

Según información que obtuvo PAUTA, al Tricel han llegado hasta ahora más de 800 reclamaciones con impugnaciones de candidaturas para los cuatro cargos que están en competencia en abril.

Tal avalancha de causas tiene con dedicación exclusiva a los cuatro supremos, quienes han tenido que pedir renovación de su permiso administrativo en el Poder Judicial para abocarse al Tricel, el que vence el 4 de marzo. De hecho, ni siquiera asistieron virtualmente a la cuenta pública que, el pasado 1 de marzo, entregó el presidente del máximo tribunal, Guillermo Silva.

Incluso, el Tricel comunicó al Servel que su fecha límite de revisión de los casos sería el primer jueves de marzo, aunque esto no garantizaba que por los plazos que corren en la ley lleguen solicitudes después de ese día. 

El problema es que, de ser así, ante la cantidad de reclamos, sus resoluciones pasarían la quincena marzo, lo que podría implicar un fuerte riesgo de dificultades para imprimir los votos.

Los que dejó fuera de carrera

Varias de las resoluciones que ha tomando el Tricel en las últimas tres semanas han sido respecto de candidaturas independientes debido a que su desafiliación a partidos políticos no fue a tiempo. Dos ejemplos de aspirantes a la Convención Constitucional son los de la abogada constitucionalista Verónica Undurraga, y la periodista y directora de Comunidad Mujer, Alejandra Sepúlveda.

A ambas las dejó primero fuera el Servel cuando el 25 de enero publicó la lista oficial de candidatos con aceptación y rechazo de candidaturas y, tras recurrir el Tricel, los jueces coincidieron con el criterio. 

Otro caso fue el de los 90 candidatos a constituyentes de la empresa Felices & Forrados (F&F), entre ellos su dueño y fundador Gino Lorenzini.

Primero fue el Servel el que rechazó la postulación de F&F al estimar que “es de público conocimiento que una empresa comercial o con fines de lucro, mediante una página web anexa, organizó un sistema para alentar, propiciar, promover y obtener la declaración de candidaturas de personas independientes que adscribiera a los intereses promocionados por la compañía en el mismo sitio para ser inscritos en el sistema”.

Y, cuando llegó la reclamación al Tricel, por tres votos a favor y dos en contra (Rosa Egnem y Jorge Dahm), la mayoría de los jueces coincidió con el criterio del Servel, dejando fuera del proceso constituyente a la firma de asesoría previsional. 

Además, el pasado 5 de febrero el Tricel declaró inadmisibles las reclamaciones del Frente Amplio (FA), el Partido Comunista (PC) y de la Federación Regionalista Verde Social (FRVS), integrantes del bloque Apruebo Dignidad. Es decir, coincidió con el criterio del Servel.

El fallo vino luego que esos candidatos objetaran la interpretación del Servel respecto del criterio ‘cebra’ -alternación mujer-hombre en la conformación de un voto- en las listas de postulantes a la Convención Constituyente.

El debate que abrió el fallo de Castro

Pero una de las sentencias del Tricel que ha provocado mayor debate entre abogados, candidatos y parlamentarios, es la que emitió el 26 de febrero, al dejar fuera de carrera al alcalde de Renca Claudio Castro: postulaba como independiente, pero los jueces estimaron que su renuncia a la DC la realizó fuera de plazo.

Si la decisión generó discusión fue pues, al rechazar la postulación de Castro, el Tricel abrió un inédito escenario electoral luego que el candidato de Chile Vamos, César Monsalve (PRI), quedó como único postulante para la elección municipal del 11 de abril. 

Si bien se trata del mismo criterio que el Servel tuvo respecto de Castro, que también rechazó su candidatura el 25 de enero, al ser el Tricel un tribunal de última instancia -equivalente a la Corte Suprema pero en la justicia electoral-, el caso quedó zanjado y queda muy poco qué hacer. Aún así, hay una presentación pendiente del abogado Gabriel Osorio para intentar revertir el fallo.

“Hoy solo hay un candidato al cargo de alcalde en la comuna de Renca. Al quedar solo una candidatura declarada, se producirá una situación inédita desde el retorno a la democracia; esto es, que exista sólo un candidato para un cargo. Este hecho sólo es comparable al tristemente recordado Congreso Termal de 1930-1932, en el que existía igual número de candidatos que de escaños a llenar, situación que llevó a no celebrar elecciones y proclamar a dichos candidatos como electos”, argumentó Osorio.

Y agregó: “Las decisiones jurisdiccionales sobre estas materias no sólo deben ponderar el caso en particular. La Justicia Electoral debe también ponderar debidamente sus efectos sobre la ciudadanía, proscribiendo siempre la posible afectación en la esencia al principio democrático contenido en el artículo 4 de la Constitución y que recorre todo su contenido y a los fines perseguidos por los partidos políticos“.

La causa de Castro llegó al Tricel por una reclamación del PRI -partido de Monsalve- y el abogado Marcelo Brunet (RN). Y recurrieron después de que Castro lograra revertir el rechazo a su candidatura en el Servel ante el Tribunal Electoral Regional y con votación unánime.

Sin embargo, el Tricel le cerró la puerta por tres votos contra los de de Gazmuri y Fuentes.