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Convención Constitucional: los plazos y el mecanismo

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Agencia Uno
POR Ana María |

Tras el triunfo del Apruebo, se inició una carrera contra el tiempo para la inscripción, el 11 de enero, de las candidaturas de los 155 convencionales constituyentes que redactarán la nueva Constitución.

Luego de que en el Plebiscito del 25 de octubre ganaran las opciones Apruebo y Convención Constitucional por 78,27% y 78,99%, respectivamente, comenzaron a correr los plazos para lo que viene: la elección de los convencionales constituyentes, cuyas candidaturas tienen un plazo de inscripción el 11 de enero de 2021.

1. Los 155 integrantes 

La elección de sus 155 miembros será el 11 de abril de 2021 y el plazo para inscribirse para los independientes y los partidos políticos es hasta el 11 de enero próximo en el Servel. La conformarán personas elegidas popularmente y el voto se marca solo por una preferencia. 

Una vez electa, debiera instalarse a redactar la nueva Constitución entre mayo y junio de 2021.

La Convención tendrá una integración paritaria entre mujeres y hombres -algo inédito en el mundo- y aún se discute en el Congreso cómo serán los escaños reservados para pueblos indígenas. Además, recibirán un sueldo mensual de $2,5 millones. 

2. Los postulantes

Las postulaciones serán de acuerdo con los distritos electorales establecidos en las elecciones de diputados. Y serán electos en igual número que los parlamentarios por territorio. 

Pueden postular chilenos mayores de 18 años y que no hayan sido condenados a penas aflictivas, de acuerdo al artículo 13 de la Constitución.

En el caso de las autoridades, deben renunciar a sus cargos al inscribir sus candidaturas. Además, quienes sean dirigentes gremiales y vecinales debe congelar sus funciones al concursar.

Las autoridades para este caso son ministros de Estado, gobernadores, intendentes, alcaldes, cores, concejales, subsecretarios, consejeros del Banco Central y del Servicio Electoral. Además de funcionarios del Poder Judicial, de la Fiscalía, Contraloría, Tribunal Constitucional, Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, Tribunal de Contratación Pública, del Tribunal Calificador de Elecciones y también los integrantes de las Fuerzas Armadas y de Orden.

Luego, una vez que esté conformada la Convención, sus miembros deben elegir a una presidenta o presidente además de una secretaría técnica.

3. La paridad 

Los convencionales constituyentes se podrán presentar a través de listas de candidatos independientes en los distritos.

A la vez, cada candidatura independiente, que sea parte de una lista, para inscribirse necesita de la firma de un grupo de ciudadanos independientes igual o superior al 0,4 % de los que hayan votado en el distrito electoral en la anterior elección de diputados.

Si la cantidad de candidaturas en un distrito es par, cada lista debe sumar un igual número de mujeres. Y si no es par, se acepta que uno de los dos sexos supere máximo en una candidatura a otro.

Las listas, además, se inscriben con una candidata que la lidere y luego se alternan por sexo, uno y uno.

4. El plazo y los dos tercios

Cuando sean electos sus 155 miembros, tendrán como máximo nueve meses de plazo para redactar la nueva Carta Fundamental que reemplace a la actual Constitución.

El procedimiento implica, primero, redactar y luego aprobar el texto constitucional. Existe la posibilidad de una prórroga por tres meses, pero por una sola vez. La extensión del tiempo depende de quién presida la Convención o si la pide un tercio de los integrantes.

El Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución suscrito el 15 de noviembre de 2019 señala que en su tarea de redactar la Carta Fudamental no se afectarán “las competencias y atribuciones de los demás órganos del Estado y que se disolverá una vez cumplida la tarea que le fue encomendada”.

Además, el mismo acuerdo estableció que “el órgano constituyente deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un cuórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio”. 

5. El Plebiscito de salida

Una vez terminado el trabajo de la Convención, habrá un Plebiscito de salida con el cual se busca aprobar o rechazar la nueva Constitución, lo que debiera ocurrir en 2022.

Este Plebiscito será con voto obligatorio y convocado por el Presidente de la República. No podrá celebrarse ni enero ni en febrero ni tampoco antes de 60 días de una elección ni en los 60 días posteriores a una elección.

Se preguntará, nuevamente, si se Aprueba o Rechaza el nuevo texto. Y si se rechaza, queda vigente la actual Constitución.

6. Lo que permanece

Aunque en teoría una nueva Constitución parte de una hoja en blanco, la mesa técnica que trabajó en 2019 en el proceso acordó que se deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático y las sentencias judiciales a firme y ejecutoriadas.

Ello, además, debe implicar el respeto de los tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes.

7. La nueva Constitución

De ganar el Apruebo, el Presidente de la República convoca al Congreso Pleno para que promulgue y prometa o jure respetar y acatar el nuevo texto.

La Nueva Carta Fundamental será publicada en el Diario Oficial dentro de los 10 días siguientes a que sea promulgada y entra en vigencia ese mismo día. Ello implica queda derogada la antigua Constitución.

A su vez, los convencionales constituyentes solo pueden postular a un cargo de elección popular después de un año de que termine su cargo en la Convención. 

Revise en la siguiente infografía las claves de la Convención Constitucional: