Actualidad

Iniciativa popular de normas constitucionales y plebiscito dirimente ganan apoyo en la Convención

Imagen principal
Agencia Uno
POR Cecilia Andrea |

Dos mecanismos de democracia directa están a punto de convertirse en parte del Reglamento del órgano constituyente. Pero hay dilemas sobre sus límites constitucionales.

Un ciudadano chileno distinto de los 155 convencionales podría ser el autor formal de una de las nuevas normas constitucionales de la próxima Carta Magna. El mismo ciudadano, además, podría votar en un par de meses más, en un plebiscito intermedio dirimente, sobre alguna materia que la Convención Constitucional no hubiese podido aprobar por el cuórum establecido.

Estas novedades corresponden al nuevo cuerpo de iniciativas que se discuten en el seno del órgano constituyente y que podrían arrastrarlo a un nuevo debate acerca de sus límites constitucionales. Ya se abrió el primero de ellos la semana pasada, con la controversia sobre si el reglamento de votación puede ser validado por menos de los dos tercios que expresamente señala la actual Constitución.

De hecho, varios de los convencionales advierten que establecer plebiscitos dirimentos requiere una reforma constitucional que, por definición, debe ser resuelta por el Congreso Nacional y no por la Convención Constitucional. Pero por cómo se han dado las conversaciones en la Convención, hay altas probabilidades de que el Reglamento que se apruebe a fines de la próxima semana contemple al menos esos dos mecanismos de democracia directa para el trabajo del órgano constituyente: iniciativa popular de norma constitucional y plebiscito dirimente.

Salvo en Vamos por Chile y el Colectivo del Apruebo, los plebiscitos dirimentes cuentan con un respaldo amplio de la Convención. La iniciativa popular de norma, en tanto, podría aprobarse con una altísima votación dependiendo de las características finales que contemple.

“No vemos ningún motivo para que esto se pueda caer en las votaciones que vienen en los próximos días. Al contrario, creemos que tendrán un apoyo mayoritario. Son mecanismos importantes, les tenemos mucho cariño porque brindan la posibilidad de abrir las puertas de la Convención a la participación popular”, contesta a PAUTA una de las vicepresidentas adjuntas, Elisa Giustinianovich (Movimientos Sociales Constituyentes).

Una norma con 20.000 adherentes

En los próximos días se votará un mecanismo de participación que implica que los ciudadanos pueedan enviar a la Convención sus propias mociones. Se unirían, así, al debate de las mociones que los propios convencionales realicen como parte de su trabajo.

Lo que se aprobó en la comisión provisoria de Participación Popular estipulaba que las iniciativas que juntaran 7.000 adhesiones serían evaluadas en primera instancia por la comisión permanente que se encargue de los mecanismos de participación. Y las que juntaran 15.000 entrarían directamente al flujo regular de normas, que implica que sean revisadas por las comisiones temáticas  correspondientes y luego pasen al Pleno para su votación. 

En los próximos días se votarán indicaciones -modificaciones- a esa propuesta original. Convencionales de Pueblo Constituyente, por ejemplo, buscan que esas 15.000 firmas bajen a 10.000.

El Frente Amplio, el Colectivo Socialista y INN pretenden subir el requisito a 20.000 de al menos cuatro regiones distintas y eliminar la categoría que pide solo 7.000. Además, buscan que no se puedan presentar mociones que contravengan los derechos humanos y que un ciudadano solo pueda patrocinar o presentar hasta siete iniciativas.

Hay un punto que genera particular resistencia dentro de Vamos por Chile: una indicación de los socialistas busca que menores desde los 16 años puedan suscribir dichas mociones. 

La iniciativa popular largamente se ha buscado y ojalá pudiera establecerse no solo para las normas constitucionales, sino que los chilenos organizados puedan hacerle propuestas al futuro Congreso Nacional. Lo que sí me preocupa que es la iniciativa que presentó un colectivo que da la posibilidad de que a ella concurran menores de 16. Eso es complejo, porque requiere una reforma constitucional para establecer quiénes son o no ciudadanos en este país”, contesta a este medio Roberto Vega, constituyente de RN.

El artículo 13 de la actual Constitución confiere la categoría de ciudadanos chilenos a todos los mayores de 18 años y que no hayan sido condenados a pena aflictiva. “La calidad de ciudadano otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la Constitución o la ley confieran“, agrega esa norma.

También hay una indicación de la constituyente Lisette Vergara (Pueblo Constituyente) que busca que si 3,7 millones de ciudadanos respaldan una iniciativa, esta pase directamente a ser norma constitucional, mediando solo una fase de armonización. No obstante, esa propuesta no contaría con el respaldo necesario para alcanzar la mayoría, dado que al menos el Frente Amplio, el Colectivo Socialista y Vamos por Chile rechazan la idea.

Aprobado el plebiscito dirimente, pero…

Una de las dudas que rondaban la aprobación de un plebiscito intermedio dirimente tenía que ver con el cuórum de votación necesario para incorporarlo en el Reglamento de la Convención.

Varios constituyentes interpretaban que requería de 2/3, dado que es una forma de aprobación de una norma constitucional, y la Constitución establece que las normas constitucionales se aprobarán con un cuórum calificado de 2/3. Pero otros señalaban que era simplemente un mecanismo de participación, que debía aprobarse con mayoría.

Despejada esa duda y ratificado por el Pleno que todas las votaciones se harán por mayoría absoluta (es decir, 50% más uno), el plebiscito dirimente está muy cerca de convertirse en letra dentro del reglamento. Sin embargo, hay indicaciones de Vamos por Chile y del Colectivo del Apruebo para suprimirlo.

La propuesta original establece que pueden ser susceptibles de plebiscitarse las iniciativas de normas que, luego de votarse dos veces, no alcancen a aprobarse por los 2/3 pero sí por 3/5 del Pleno (no habla de si corresponde a miembros en ejercicio o presentes en la sesión). En ese escenario, el mismo Pleno debería votar por mayoría absoluta si se plebiscitará o no, en un único referéndum. Y así, lo que apruebe la ciudadanía -incluyendo a menores desde 16 años- debería sumarse a la nueva Constitución. 

Para todo esto, no obstante, se necesitarían las reformas “a los cuerpos normativos pertinentes”, dicen en el texto. Con aquello se sumó el respaldo del Frente Amplio y los Independientes no Neutrales, más dudosos con el mecanismo. La encargada de la Mesa Directiva de iniciar las conversaciones con el Servel para viabilizar la propuesta es Elisa Giustinianovich, que ha dicho que esperará hasta la aprobación del Reglamento para abordar el asunto en concreto.

“Creo que tenemos al menos una mayoría absoluta para la normativa de plebiscitos dirimentes, con las aprensiones que siempre dijimos que debían tener, que requería una reforma constitucional y un camino institucional para su implementación, y así está expresamente calificado en el texto”, responde a este medio el constituyente Tomás Laibe (Colectivo Socialista). Es decir, siguiendo con esa lectura, la propuesta de los plebiscitos dirimentos requeriría el concurso del Congreso Nacional para aprobar una reforma constitucional que los active.

Entre los cambios ingresados, Movimientos Sociales Constituyentes pretende bajar el cuórum de 3/5 a mayoría absoluta; y el Colectivo Socialista quiere subir la edad de votación nuevamente a 18 años.

“Al menos podemos hablar desde el FA: sí tenemos los votos para aprobar el acuerdo que sacamos desde la comisión. Tiene el apoyo de los 16 constituyentes de nuestro bloque. Ahora, hay otras indicaciones que pretenden bajar el cuórum de los 3/5 y eso no contaría, en un primer análisis, con nuestro apoyo”, reafirma en conversación con PAUTA la convencional de RD Tatiana Urrutia.