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TC acoge requerimiento de Piñera por segundo retiro con voto dirimente de Brahm

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Agencia Uno
POR Ana María |

La decisión implica que se declaró inconstitucional que los diputados realicen reformas transitorias a la Constitución cuando, según el recurso, son atribuciones exclusivas del Presidente. El contenido del fallo saldrá el 30 de diciembre, pero ya hay argumentos preliminares.

El Tribunal Constitucional (TC) acogió el recurso que presentó el Presidente Sebastián Piñera que buscaba declarar inconstitucional el proyecto de reforma transitoria a la Constitución que impulsó un grupo diputados en medio de la crisis sanitaria para el segundo retiro de los fondos previsionales. El resultado fue un empate 5-5, pero cuando eso sucede la presidente del TC cuenta con el voto dirimente: María Luisa Brahm le dio la razón al Ejecutivo. Brahm había sido la jefa de asesores durante la primera administración de Piñera.

Los votos a favor del requerimiento presidencial fueron, además de Brahm, Miguel Ángel Fernández, Cristián Letelier, Iván Aróstica y José Ignacio Vásquez, quien anteriormente había sido muy crítico con la presentación del Mandatario e, incluso, estuvo por rechazar que se acogiera a trámite. Pero esta vez sufragó a su favor.

En contra estuvieron María Pía Silva,Nelson Pozo Silva, Rodrigo Pica, Gonzalo García y, quien fue la votación sorpresa, pues el pasado 9 de diciembre había acogido a trámite el requerimiento, fue el ministro Juan José Romero.

El Ejecutivo alegó que una inconstitucionalidad correspondió a que las reformas transitorias a la Carta Fundamental (el derecho a la seguridad social) son de iniciativa exclusiva del Presidente -no parlametaria- y que el cuórum de aprobación es de 2/3 y no 3/5, es decir, es decir, que se no respetó lo que señala la Constitución.

Así, tres días después de que el Pleno del TC escuchara los alegatos de las partes -los abogados Gastón Gómez por el Presidente, Gabriel Osorio por el Senado y Reynaldo Núñez por la Cámara de Diputados-, entregó su veredicto. Mientras que el fallo -los argumentos de cada uno de los jueces para su decisión- se entregará como plazo máximo el 30 diciembre.

Argumentos preliminares

Aunque tras entregar su veredicto -el Pleno demoró cuatro horas y media en deliberar- los ministros ahora empezarán a redactar sus votos, la decisión comunicada hoy implica que cinco de ellos -que son mayoría por el voto de Brahm- estiman que las reformas trasitorias para normas permanentes de la la Constitución de parte de los parlamentarios, son inconstitucionales.

Un tema de fondo que era clave para el Ejecutivo, pues podría tener efecto en otras iniciativas de la Cámara que utilicen la misma fórmula. Sin embargo, ahora eso es considerado inconstitucional. 

A su vez, la votación respalda la tesis de Gómez, en cuanto a que se trata que de atribuciones exclusivas del Presidente.

Sin embargo, pese al 5-5, en sus votos los ministros tendrían algunos matices. En el caso de Fernández, su principal argumento para acoger el requerimiento habría sido por el cuórum de aprobación de 2/3. (cuando en la Cámara se aprobó la reforma fue por 3/5).

Tras conocer la decisión del TC, el Gobierno emitió un comunicado público, en el que valoró la decisión: “El proyecto de ley declarado inconstitucional creaba una nueva regla que atentaba directamente contra el derecho a la seguridad social y contra la iniciativa exclusiva del Presidente de la Republica, al establecer normas de seguridad social, incorporar gastos adicionales al Estado y generar una exención tributaria”. 

Y recalcó que la decisión del Tribunal Constitucional no afecta el segundo retiro de fondos previsionales, en virtud de la Ley enviada por el Gobierno y aprobada por el Congreso, la que ya ha permitido que más de cuatro millones y medio de personas hayan recibido el dinero solicitado”. 

También, señaló que “el Gobierno insiste en la necesidad de aprobar cuanto antes el proyecto de Reforma Previsional enviado por esta administración, que ya fue aprobado hace más de 1 año por la Cámara de Diputados, y que permite mejorar en forma sustantiva las pensiones de todas las chilenas y chilenos, y muy especialmente las pensiones de las mujeres y la clase media”.

Votos cruzados: Romero y Vásquez

Una antesala de lo que sería esta votación se vio el pasado 9 de diciembre, cuando el recurso del Presidente Piñera solo fue acogido a trámite con el voto dirimente de la presidenta del TC, María Luisa Brahm, quien inclinó la balanza y acabó con el empate de 5-5.

Quienes estuvieron por acoger a tramitación el recurso fueron, además del doble voto de Brahm -contenido dentro de sus atribuciones legales-, Iván Aróstica, Juan José Romero, Cristián Letelier y Miguel Ángel Fernández.

Mientras que por su rechazo, estuvieron María Pía Silva, Gonzalo García, Nelson Pozo, José Ignacio Vázquez y Rodrigo Pica. Estos jueces, en distintas argumentaciones, consideraron entonces que la presentación era apresurada; que no había texto legal por el que pronunciarse -pues el segundo retiro se aprobó con una iniciativa del Gobierno y no la la reforma de los diputados que se impugnaba- y que, incluso, había “un razonamiento claro y congruente” que permita entender por qué solo se recurrió al TC la segunda vez.

De ese grupo, en sus argumentos uno de los ministros más duros fue Vásquez. Y, al mismo tiempo, fue uno de los que más preguntas realizó a Gastón Gómez en los alegatos.

Mientras que Brahm, Romero y Fernández fueron los únicos no intervinieron en la audiencia pública de los alegatos.

Sin embargo, en la votación de la mañana de 21 de diciembre, si bien Romero votó por acoger a trámite, al ver el fondo rechazó el requerimiento del Presidente.

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¿Por qué fue ahora al TC?

Una pregunta que rondó desde el inicio de la estrategia del Gobierno fue por qué recurrió al TC, considerando que el propio Ejecutivo impulsó su propio proyecto de retiro, que fue aprobado, y que la reforma constitucional de los diputados encalló en el Senado, donde fue rechazada.

Además, Piñera no recurrió al TC para el primer retiro, el cual usó el mismo mecanismo iniciado por los diputados. Hay dos razones: por un lado, la reforma de los diputados pasó a Comisión Mixta, donde seguirá su discusión; por el otro, y más importante, La Moneda buscó detener ese flujo de proyectos de reforma constitucional que a su juicio vulneran el mismo ordenamiento jurídico al tratarse de materias de exclusiva iniciativa presidencial.

El objetivo final del Ejecutivo, entonces, apuntaba a que el Tribunal Constitucional se pronunciara por el fondo del asunto y aclarara si las iniciativas parlamentarias para cambios transitorios a la Constitución pueden ser presentadas parlamentarios o son, como insistió Gómez, atribuciones exclusivas del Presidente. Así, La Moneda sometió al TC al debate del futuro.

Ese argumento fue uno de los que el abogado del Mandatario expuso al TC el pasado 18 de diciembre en sus alegatos: “Ustedes deben decidir una cuestión que va a tener enorme trascendencia para todo el sistema político y constitucional chileno por los próximos años. Esa es la clave de lo que se está discutiendo. Ustedes van a tener que resolver sobre si el proceso constituyente que se va a iniciar en abril se puede hacer respetando el epígrafe 2 del capítulo 15 de la Constitución”, dijo ante el Pleno.

Sin embargo, tanto Osorio como Núñez recordaron al TC que su pronunciamiento debía ser solo respecto del segundo retiro y no de otras materias mencionadas por Gómez, como el caso de las iniciativas en que diputados han usado la misma fórmula vía reforma transitoria a la Carta Fundamental: el caso del retiro de fondos en rentas vitalicias y el impuesto de emergencia a los altos patrimonios.

Otro punto en cuestión, y en el que pusieron mucha atención y formularon preguntas los ministros a Gastón Gómez, fue por qué el Presidente no recurrió al TC para el primer retiro y sí para el segundo.

“No logro comprender aún”, le dijo el ministro Juan José Vásquez a Gómez durante la audiencia. Mientras que Gonzalo García señaló sobre el primer retiro: “¿Cómo nos hacemos cargo del precedente hacia el pasado?” y añadió que el TC le se pide “apretar un botón de emergencia que nadie quiere activar”.

Incluso, al terminar los alegatos, el juez Vásquez hizo hincapié en la falta de políticas públicas y dijo que “llama la atención que los particulares tengan que financiar sus carencias con el retiro de fondos y no concurra el Estado a ayudar”.

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